top of page
Buscar

LA PLUSVALIA MUNICIPAL

  • Foto del escritor: Immobiliaria Vilaplana
    Immobiliaria Vilaplana
  • 14 ene
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 21 feb

¿Quién paga la plusvalía municipal? Todo lo que hay que saber

Cuando se realiza una compraventa de un inmueble, uno de los conceptos que genera más dudas es la plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) . En este artículo, te explicamos quién está obligado a pagar ese impuesto y en qué casos se puede evitar.


¿Qué es la plusvalía municipal?

Es un impuesto que grava el incremento del valor del terreno en el momento en el que se produce una transmisión, ya sea por compraventa, donación o herencia. Aunque se basa en el incremento teórico del valor del terreno, no contempla el valor real de mercado, sino que se calcula según el valor catastral y el tiempo de tenencia del inmueble.


¿Quién paga la plusvalía en una compraventa?

En una compraventa, la obligación de pagar la plusvalía recae sobre el vendedor . Esto significa que si vendes un inmueble, tendrás que abonar este impuesto al ayuntamiento correspondiente.


¿Quién paga la plusvalía en una herencia o donación?

En los casos de herencias o donaciones, la persona que recibe el bien (heredero o donatario) es quien debe pagar el impuesto.


¿Cuándo no se paga la plusvalía municipal?

Hay situaciones en las que el contribuyente puede no estar obligado a pagar la plusvalía:

  1. Si no hay ganancia patrimonial : Si el vendedor demuestra que no ha habido un incremento del valor del terreno (por ejemplo, porque ha vendido por un precio inferior al de adquisición), puede solicitar que no se le cobre este impuesto .

  2. Exenciones específicas: Algunas transmisiones, como las de inmuebles afectados por desahucios o daciones en pago, pueden estar exentas según la legislación vigente.


¿Cómo se calcula?

El cálculo de la plusvalía se basa en:

  • Valor catastral del terreno: Sólo se tiene en cuenta la parte correspondiente al terreno, no la construcción.

  • Periodo de tiempo: El tiempo que el vendedor ha estado en posesión del inmueble.

  • Coeficientes y tipos impositivos: Fijados por cada ayuntamiento.


Desde noviembre de 2021, con la reforma del Tribunal Constitucional, los ayuntamientos ofrecen dos fórmulas de cálculo: una basada en la ganancia real y otra en el método tradicional. El contribuyente puede optar por la más beneficiosa.


Consejos para los propietarios

  1. Consulta previa: Antes de vender, verifica el importe aproximado de la plusvalía con el ayuntamiento.

  2. Negociación: Si eres el comprador, puedes negociar con el vendedor quien asumirá el pago.

  3. Revisa exenciones: Si crees que podrías no estar obligado a pagar, consulta a un profesional para hacer la reclamación.


En resumen, conocer quién debe pagar la plusvalía y las posibles exenciones es clave para evitar sorpresas en el proceso de transmisión de un inmueble. Si tienes dudas o necesitas ayuda con la gestión de la plusvalía, ¡no dudes en contactarnos!

 
 
 

Comments


bottom of page